CATEGORÍA: Ciberseguridad

Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Preparación para Certificación)

Si ya cuentas con una protección de seguridad básica, un plan adaptado y la estructura documental básica de SGSI, el principal objetivo de este servicio es ayudarte con la implementación de sistemas de protección avanzadas, aprovechando las capacidades de la inteligencia artificial y prepararte para presentar tu SGSI a la certificación.

AYUDA MÁXIMA

6.000€

[ Tipología de asesoramiento ]

Avanzado.

[ Actividades ]

El Asesor Digital Adherido será encargado de realizar una serie de actividades para garantizar el correcto desarrollo de tu plan avanzado de ciberseguridad, el servicio realizado te permitirá:

  • Analizar y realizar pruebas de penetración y análisis de posibles vulnerabilidades tu pyme conociendo el entorno tecnológico y operativo en el que te desenvuelves.
  • Revisar tus políticas, planes y procedimientos de ciberseguridad, identificando deficiencias y aspectos a mejorar.
  • Proteger de manera proactiva a tu pyme contra ataques dirigidos hacia los datos, mejorando la resistencia y la capacidad de respuesta ante amenazas.
  • Concienciar a tus empleados de la importancia en materia de ciberseguridad y fomentar una cultura organizacional centrada en la ciberseguridad y la gestión de riesgos.
  • Preparar la documentación para que puedas presentar a la certificación de tu SGSI para un servicio core que ofrecen a clientes o AAPP (ISO27001 y ENS media-alta, según la Guía CCN-STIC 825). Certificación no incluida.
  • Desarrollar y ejecutar un caso de uso adaptado a tu pyme utilizando las técnicas apropiadas, en el área de ciberseguridad.

[ Importe máximo de la ayuda ]

Segmento A. 10 < 50 empleados:

6.000€

Segmento B. 50 < 100 empleados:

6.000€

Segmento C. 100 < 250 empleados:

6.000€

[ Sector de aplicación ]

La solución puede aplicarse en cualquier sector productivo.

[ Ambito de actuación ]

Todo el territorio Español

Para la justificación del servicio prestado se deberá aportar la correspondiente documentación técnica y los resultados obtenidos, conforme lo establecido en el artículo 31.6a) de esta orden.

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